Con estas modificaciones se permitirán
los contratos con particulares en la exploración y extracción del petróleo y
demás hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo de la nación, “a fin de
obtener ingresos que contribuyan al desarrollo en el largo plazo”.
Tratándose de minerales radioactivos
no se otorgarán concesiones, se expone en la minuta aprobada.
Lo avalado precisa que se podrán
llevar a cabo “las actividades de exploración y extracción mediante
asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con
éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria”.
En el artículo 27 se deja en claro que
“en cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la
Nación”, y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos.
Tratándose del petróleo y de los
hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos en el subsuelo, la propiedad de la
Nación será inalienable e imprescriptible y “no se otorgarán concesiones”,
añade.
Tanto Petróleos Mexicanos (Pemex) como
la Comisión Federal de Electricidad (CFE) pasarán de ser organismos
descentralizados a “empresas productivas del estado” y se da un plazo de dos
años para que esto ocurra. Mientras cambian de régimen, pueden celebrar
contratos con particulares a partir del marco legal vigente.
Se establece que el Sindicato de
Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) saldrá del Consejo de
Administración de Pemex, que ahora estará conformado por cinco consejeros del
gobierno federal, incluyendo al secretario de Energía, y cinco consejeros
independientes.
Se dice, sin embargo, que los derechos
de los trabajadores “serán respetados a cabalidad”.
Se faculta a la Secretaría de Energía
(Sener) para que, con asistencia técnica de la Comisión Nacional de
Hidrocarburos, se encargue de adjudicar a Pemex las asignaciones a las que se
refiere el artículo 27.
El organismo deberá someter a
consideración de la Sener la adjudicación de las áreas en exploración y los
campos que estén en producción y en capacidad de operar, a través de
asignaciones; para ello, tendrá que acreditar que cuenta con las capacidades
técnicas, financieras y de ejecución necesarias para explorar y extraer los
hidrocarburos de forma eficiente y competitiva.
Menciona la minuta que se podrán crear
empresas productivas cuya propiedad y control serán siempre del gobierno
federal, para llevar a cabo las actividades de exploración y extracción de
petróleo y demás hidrocarburos en el subsuelo, que se incorporan como áreas
estratégicas.
Se crea el Fondo Mexicano del Petróleo
para la Estabilización y el Desarrollo, cuya institución fiduciaria será el
Banco de México y tendrá como objetivo administrar la renta petrolera que se
cree a partir de los nuevos contratos.
Además se especifica que dentro de los
120 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, el Congreso de
la Unión deberá realizar las adecuaciones al marco jurídico para “regular las
modalidades de contratación que podrán ser de servicios, de utilidad o
producción compartida o de licencia”.
Es decir, a partir de que sea
publicado por el presidente de la República, el Congreso tendrá cuatro meses
para trabajar en las leyes secundarias.
La minuta argumenta que, con estas
medidas, se sientan las bases que permitirán a México acelerar su crecimiento a
incrementar la producción de petróleo en cerca de 1.5 millones de barriles de
crudo diarios para el año 2025, lo que representa un aumento del 60% respecto a
la producción actual.
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